Asamblea aprueba reforma clave a la Carrera Judicial en Nicaragua

Asamblea aprueba reforma clave a la Carrera Judicial en Nicaragua

Por Ashly Ortega
13 de mayo de 2025

Nicaragua cuenta con una nueva Ley de Carrera Judicial que va en concordancia con los preceptos constitucionales, tras su aprobación en el plenario de la Asamblea Nacional con la unanimidad de todas las fuerzas políticas representadas en el órgano legislativo. La ley pretende establecer la regulación del régimen disciplinario del sistema judicial, abarcando desde el ingreso, promoción, permisos, sanciones y suspensiones, y otros aspectos relacionados con la carrera judicial.

La ley reafirma que el Consejo Nacional y Administración de Carrera Judicial es el administrador financiero y del personal del sistema judicial. Se incorporan a la carrera judicial, para estar sujetos al control y régimen disciplinarios, a los asesores legales del sistema judicial y a los peritos forenses.

Se fortalecen las atribuciones de la Dirección General de Carrera y Gestión Judicial, instancia encargada de la profesionalización, formación y desarrollo de los funcionarios de la Carrera Judicial, así como de la gestión de los procesos de incorporación, permanencia y ejercicio profesional de abogados y notarios.

La Dirección General de Inspectoría Judicial, instancia encargada de recibir, tramitar, investigar y resolver las denuncias o quejas contra miembros de la Carrera Judicial, abogados y notarios.

No podrán ingresar a la Carrera Judicial:

  • Los y las que ejerzan cargo de elección popular, sean candidatos o candidatas a alguno de ellos. En el primer caso, deberán renunciar al ejercicio del mismo antes de la toma de posesión.
  • Los y las que tengan vínculo matrimonial o unión de hecho estable, ni los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad y segundo de afinidad con quien sea parte de la Carrera Judicial.
  • Los y las que violenten o hayan violentado los Principios Fundamentales contemplados en la Constitución Política.
  • Quienes hayan sido suspendidos en el ejercicio de la abogacía o el notariado por resolución definitiva.

La Ley de Carrera Judicial establece una serie de prohibiciones para todos los miembros de Carrera Judicial. Entre ellas están: aceptar de manera directa o por terceros, invitaciones, regalos, donaciones o beneficios de parte de litigantes, abogados o a nombre de ellos. Esto incluye también cualquier asignación testamentaria a favor del funcionario, pareja y otros familiares.

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Ashly Ortega

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