¿Qué nos dicen las leyes en Nicaragua sobre Maltrato infantil?

¿Qué nos dicen las leyes en Nicaragua sobre Maltrato infantil?

Por Redacción Central
21 de agosto de 2026

El maltrato infantil es una problemática que puede afectar la integridad física y emocional de niñas, niños y adolescentes. Ante esta situación, la legislación nicaragüense establece mecanismos para denunciar estos hechos y garantizar la protección de los menores de edad.

De acuerdo con lo explicado por el abogado de familia Omar García, el Código de la Familia contempla diferentes formas de violencia intrafamiliar y establece que cualquier persona que tenga conocimiento de una situación de maltrato puede denunciarla ante las autoridades correspondientes.

¿Qué establece la legislación sobre el maltrato infantil?

El especialista explicó que el artículo 46 del Código de la Familia reconoce diferentes manifestaciones de violencia, entre ellas la física, psicológica, sexual y patrimonial, que pueden afectar a integrantes del núcleo familiar.

Asimismo, señaló que el artículo 155 del Código Penal contempla este tipo de conductas y establece consecuencias jurídicas cuando se presentan hechos de violencia.

En el caso de niñas, niños y adolescentes, la protección no se limita únicamente a los padres o tutores. Según lo explicado durante la entrevista, cualquier persona que tenga conocimiento de un posible caso de maltrato puede realizar una denuncia.

¿Dónde se puede denunciar un caso de maltrato infantil?

Cuando una persona identifica señales de violencia física o psicológica contra un menor, puede acudir a las Comisarías de la Mujer y la Niñez y Adolescencia para poner el caso en conocimiento de las autoridades.

El proceso puede incluir investigaciones y valoraciones especializadas. Cuando existen posibles afectaciones físicas o psicológicas, el caso puede ser remitido al Instituto de Medicina Legal, donde se realizan las evaluaciones correspondientes.

Los resultados de estas valoraciones forman parte de las investigaciones y, cuando corresponde, el proceso puede pasar al Ministerio Público, institución encargada de ejercer la acción penal.

También se explicó que otras instituciones, entre ellas el Ministerio de la Familia, pueden intervenir cuando existe una situación de riesgo que requiere medidas de protección para la niña, niño o adolescente.

La corrección no debe incluir violencia física

Uno de los puntos abordados durante la entrevista fue la diferencia entre disciplina y maltrato.

El abogado explicó que el artículo 280 del Código de la Familia establece que no deben utilizarse métodos físicos para corregir a niñas, niños o adolescentes.

En ese sentido, recomendó recurrir a mecanismos como el diálogo, establecer límites y aplicar consecuencias que no impliquen violencia física. Entre estas alternativas mencionó restringir temporalmente determinados privilegios, siempre dentro de una dinámica de comunicación y respeto.

La crianza, señaló, también requiere que madres y padres sean referentes mediante su propio comportamiento, debido a que los menores aprenden buena parte de sus conductas a partir del ejemplo que reciben en el hogar.

La violencia infantil también puede presentarse de otras formas

Durante la conversación se destacó que el maltrato no siempre es visible. Además de las agresiones físicas, pueden existir situaciones que afecten emocionalmente a los menores o que vulneren sus derechos.

Entre los ejemplos mencionados se encuentra la explotación laboral infantil, como enviar a un niño a trabajar o vender productos en la calle, así como situaciones de abandono, falta de cuidado o exposición constante a condiciones que representen un riesgo.

Ante comportamientos inusuales en un menor, como cambios repentinos de conducta, temor, alteraciones emocionales u otras señales, se recomendó buscar la valoración de especialistas para determinar qué está ocurriendo.

Vecinos y familiares también pueden denunciar

La legislación contempla que no solamente los padres pueden acudir a las autoridades. Familiares, vecinos o cualquier persona que conozca una situación de posible maltrato puede denunciarla.

Durante la entrevista se mencionó que existen mecanismos para reportar estos casos ante las instituciones encargadas de la protección de la niñez, incluso cuando quien realiza la denuncia prefiere no revelar su identidad.

El objetivo es que las autoridades puedan investigar la situación y determinar las medidas necesarias para proteger al menor.

Protección de niñas, niños y adolescentes

El especialista recordó que Nicaragua cuenta con normas y mecanismos destinados a garantizar la protección de la niñez y adolescencia, así como protocolos de atención para los casos en los que se vulneren sus derechos.

Por ello, ante una situación de posible maltrato, se recomienda no ignorar las señales y acudir a las instituciones correspondientes, especialmente cuando existe un riesgo inmediato para la integridad física o emocional de un menor.

La prevención, la comunicación y una crianza basada en el respeto son elementos fundamentales para evitar que las prácticas disciplinarias se conviertan en situaciones de violencia.

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Redacción Central

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